Una de las preguntas que con mayor frecuencia recibimos en nuestra oficina es si un testador puede disponer de sus bienes sin ningún tipo de limitación, en otras palabras, si una persona puede dejar su herencia a quién esa persona desee. Antes de responder dicha pregunta, es importante definir lo que es un testamento. Un testamento es un documento que permite dejar escrito la  voluntad o deseo de una persona en relación a cómo se van a distribuir los bienes una vez este fallezca.

En Puerto Rico, los asuntos de herencias, entre esto los testamentos, están regulados por el Código Civil. El Código establece que los testadores deben reservar una parte de sus bienes a los llamados legitimarios (anteriormente conocidos como herederos forzosos). Son herederos forzosos, bajo el Código Civil que entró en vigor el día 28 de noviembre de 2020, incluye a cualquier descendiente sobreviviente y al viudo o la viuda, o, en caso de no haber ninguno, los ascendientes.

Por ende, al momento de distribuir la herencia en un testamento, el testador debe disponer de su herencia en dos mitad: 1) una mitad se debe reservar para los herederos forzosos, y 2) la otra mitad se conoce como libre disposición, por ende, puede disponer de esa mitad a cualquier persona.

En caso de no existir descendientes (Ej. hijos, nietos, bisnietos), cónyuge o ascendientes (Ej. Padres, abuelos, bisabuelos), la totalidad de los bienes, el testador, podrá distribuirlo libremente a la persona designada por este.

En Puerto Rico, actualmente, se reconocen dos clases de testamentos que son los comunes y los especiales. Dentro de los comunes se encuentran los testamentos abiertos (aquellos realizados frente a un notario) y los ológrafos (aquellos escritos a mano). Cuando hablamos de testamentos especiales son los que se otorgan durante peligro de muerte y en caso de pandemia.

Debemos enfatizar que mediante de un testamento se puede desheredar a los descendientes, al cónyuge y a los ascendientes por las causas que el Código Civil establece. Algunas de estas son: 1) Negar los alimentos a la persona testadora sin motivo; 2) haberle maltratado; 3) haber sido negligente en el cuidado de la persona testadora cuando se encontraba enferma o no podía valerse por si misma.

Como pueden ver la respuesta a la pregunta original va a depender de un sin número de factores que hay que evaluar al momento de realizar este tipo de documentos.

Para mas información sobre este particular o cualquier duda relacionada al tema puede comunicarse a nuestra oficina al (787)798-5720.